lunes, 7 de noviembre de 2011

CRIMINALIZÁNDOLES PERSIGUE EL GOBIERNO A LOS HUMILDES DEL CAMPO

En el documento que publico a continuación hay una denuncia internacional de los organismos de derechos humanos de Ecuador, sobre la “criminalización”, una nueva forma de perseguir a los indígenas y defensores de los derechos humanos y del medio ambiente. Muchos rumores se han escuchado, desde ahora va a ver con detalles lo que la ‘revolución ciudadana’ viene haciendo desde el 2008 con los humildes que habitan en ‘el Ecuador profundo’, lejos de Quito, Guayaquil, Cuenca. Ellos no tienen mucho espacio en los medios convencionales (en los del Estado, cero), si retransmite estas notas, les hará mucho bien. El mundo debe conocer las acciones antiderechos humanos solapadas que se realizan aquí.


CRIMINALIZACIÓN A DEFENSORES
DE DERECHOS HUMANOS Y DE LA NATURALEZA
SEPTIEMBRE 2011

CEDHU, ACCIÓN ECOLÓGICA, INREDH

ANTECEDENTES
Ante la escalada de procesos investigativos y judicializaciones en contra de personas que defienden sus derechos y los de sus comunidades, Acción Ecológica, la Comisión
Ecuménica de Derechos Humanos, CEDHU y la Fundación Regional de Asesoría en
Derechos Humanos, INREDH organizaron en noviembre de 2007 la primera cumbre sobre criminalización en Ecuador. Decenas de casos de criminalización que involucraban a cientos de hombres y mujeres, la mayor parte habitantes de provincias y zonas con mega proyectos de “desarrollo”, fueron socializados y sistematizados en ese evento.
En el año 2008, los colectivos y organizaciones de las personas afectadas y organizaciones ecologistas y de derechos humanos, presentaron dos peticiones de amnistías a la Asamblea Constituyente, la misma que resolvió favorablemente en las dos ocasiones, ordenando a las autoridades pertinentes, el archivo de los expedientes investigativos y judiciales.
A pesar del reconocimiento por parte del Estado de que cientos de personas habían sido criminalizadas mediante la instrumentalización del sistema de justicia, y pese al precedente político-jurídico que constituyó el mandato constitucional de amnistías, nuevos procesos investigativos y judicializaciones han tenido lugar a partir del año 2008. Otra de las situaciones dadas es el incumplimiento de amnistías en tres de los casos beneficiados con aquellas.
Los nuevos casos que describimos se dan en contextos de resistencia de colectivos y personas ante proyectos “productivos o de desarrollo” que implican ocupación territorial y afectaciones medioambientales, y por movilizaciones realizadas a partir de la emisión de leyes o proyectos de ley que propician la ejecución de estos proyectos. Tales proyectos, principalmente extractivos y agroindustriales, son impulsados y defendidos por el estado como expresión del “interés nacional” y constan como prioridades del denominado Plan Nacional del Buen Vivir.
En los procesos de criminalización que describimos en este documento, subyace el quebrantamiento de derechos fundamentales como el derecho al agua, la tierra y la territorialidad, el derecho a no ser desplazado, a la consulta ambiental y pre-legislativa, establecidos en la Constitución del Ecuador, junto con otros, como el derecho a la resistencia (artículo 98), el derecho de la naturaleza o pachamama a ser defendida (artículo 71), la prohibición de todo tipo de privatización del agua y el establecimiento de una prelación en su uso, privilegiando el consumo humano, la agricultura familiar y el cuidado de la naturaleza (artículo 318), la soberanía alimentaria como garantía para toda la población (artículo 281), y el carácter plurinacional del estado (artículo 1).

Quiénes son defensores y defensoras de derechos humanos
El ejercicio de la resistencia por parte de personas y colectivos en tanto mecanismo de reclamo y protección de derechos comunitarios, colectivos y ambientales, propicia el reconocimiento de esas personas como defensoras de derechos humanos.
Según las Naciones Unidas, “...Defensores de derechos humanos son todas aquellas personas que asuman el compromiso de trabajar por el respeto de las condiciones de vida digna de los demás ciudadanos con los que conviven en su colectividad o a quienes han decidido ayudar por cualquier medio o de cualquier forma, ya sea activando acciones legales o de hecho.”1
Tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe anual de 2006, como la Representante Especial para los Defensores de Derechos Humanos de la ONU, han mostrado su preocupación por la utilización de acciones judiciales o administrativas contra personas que defienden derechos de las personas y de las comunidades, con el propósito de hostigamiento y desprestigio.2
“Más grave aún es la situación de líderes sociales de las provincias, ciudades y comunidades alejadas de los centros de poder político, pues al no existir instituciones del Estado que garanticen sus derechos, quedan en la primera línea de protesta, enfrentando a poderes particulares y públicos y recibiendo hostigamientos directos que generalmente terminan en enjuiciamientos judiciales infundados”3
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha recibido denuncias que señalan la persecución y hostigamiento de defensoras y defensores a través de la iniciación sucesiva de procedimientos judiciales que meses después son sobreseídos por no encontrar responsabilidad de las personas procesadas en los hechos investigados. No obstante dichos sobreseimientos, nuevas investigaciones -en la mayoría de los casos con pruebas distintas pero relativas a acusaciones similares- son abiertas y, como consecuencia, se ordenan nuevas detenciones o restricciones judiciales. La Comisión ha recibido denuncias de varios casos de la apertura y sobreseimiento de estas acusaciones penales contra una misma persona, así como de la apertura y sobreseimiento sucesivo de investigaciones respecto de varios líderes de una misma organización o reivindicación.

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